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Ojo con lo que traes
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  • Montevideo | Todo El Campo | En estas vacaciones, y es importante recordar que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), a través de la Gerencia de Barreras Sanitarias de la Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria, realiza controles en todos los pasos de frontera de nuestro país. La introducción de ciertos productos de origen animal o vegetal pueden poner en riesgo la sanidad y la bioseguridad nacional, comprometiendo no sólo la salud de la población sino también la confiabilidad del Uruguay como país productor y exportador de alimentos. Estos controles aplican a todas las personas que ingresen al territorio nacional por vía terrestre, marítima o aérea, sin excepción. Esto incluye a ciudadanos uruguayos y extranjeros, turistas, tripulantes, funcionarios gubernamentales, representantes de organismos internacionales y del cuerpo diplomático, independientemente del motivo del viaje. Los productos que no se encuentren en el listado de ingreso controlado. Estos productos deberán contar con etiquetas originales en alguno de los tres idiomas oficiales de la Organización Mundial del Comercio: español, inglés y francés. Estos productos de ingreso controlado, si cuentan con el certificado o la autorización oficial emitidos por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de Uruguay, podrán ingresar al país. El control se realiza a toda persona que ingrese al país por vía terrestre, marítima o aérea, sin excepción -incluyendo personas de nacionalidad uruguaya y extranjera, que ingresen como turistas, tripulantes, funcionarios oficiales nacionales, diplomáticos y funcionarios de gobiernos extranjeros o de organismos internacionales, etc-, sus equipajes y sus vehículos, y todos los envíos postales que se realicen desde el extranjero. Independientemente del motivo de su viaje, todos serán objeto de revisación por parte de Barreras Sanitarias. De acuerdo a la normativa vigente, el incumplimiento de la norma puede provocar las multas previstas en la . Esta lista no excluye otros productos que pudieran calificarse como de ingreso controlado. Fuente: MGAP

  • Ene 9, 2026

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